Secciones
Servicios
Destacamos
Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.
Finalmente los exconcejales del Ayuntamiento de Alicante Manuel Jiménez y José Ramón González se sentarán en el banquillo de los acusados por un posible delito de prevaricación administrativa, por el contrato de la instalación de una pérgola en la partida rural de La Alcoraya.
La magistrada del Juzgado de Instrucción número 9 de Alicante ha acordado seguir la causa por los trámites de procedimiento abreviado contra los exediles populares y los jefes de servicio de sus respectivas concejalías.
Noticias Relacionadas
Tere Compañy Martínez
Alejandro Hernández
El auto incoa procedimiento abreviado contra el exconcejal de Participación Ciudadana y Partidas Rurales del Ayuntamiento, Manuel Jiménez, y el edil de Infraestructuras, José Ramón González, así como los jefes de servicio de ambas concejalías. La resolución da traslado a la Fiscalía para que pida el sobreseimiento de la causa o la apertura de juicio oral.
Por su parte, las dos personas responsables de una de las empresas implicadas en los contratos quedan libres de sospecha al acordar la magistrada el sobreseimiento de las actuaciones al considerar que no queda acreditado «siquiera indiciariamente la comisión por su parte de los hechos delictivos objeto de investigación».
En el auto, con fecha de este lunes 4 de septiembre, la jueza señala que, en este caso, «no cabe duda de la condición de autoridad de ambos concejales y jefes de servicio». Además, apunta que los procedimientos administrativos se tramitaron «en tres actuaciones en el mismo ámbito geográfico y plaza coetáneos en el tiempo y que debieron ser parte de un mismo proyecto de ejecución más amplio, pues formaban parte de una unidad funcional, debiendo acudir al concurso público para adjudicar contratos como se hizo con el circuito biosaludable».
Sin embargo, considera que el legal representante de la empresa adjudicataria de la rehabilitación de la pérgola no tenía «poder de decisión alguna ni intervención de ningún tipo».
El auto detalla que durante la ejecución del contrato de un circuito biosaludable en la plaza de la partida de La Alcoraya -en diciembre de 2022-, por «orden directa» del concejal Jiménez se aprueba la ejecución de la rehabilitación de una pérgola en la misma plaza a través de un contrato menor, que se financia con cargo a una partida de la Concejalía de Infraestructuras, dirigida por el concejal González.
«No aparece justificado, ni el carácter perentorio, ni premura en la ejecución de dicha obra, ni que la necesidad o conveniencia no existiera ya en el momento de ejecución del circuito biosaludable, perteneciendo ambas al mismo espacio geográfico y plaza como lo constata el hecho de parte del circuito biosaludable discurre de manera anexa a la pérgola«, apunta.
Para la ejecución de la obra de la rehabilitación de la pérgola se eligió a Grupo Leuja, una empresa que en junio de 2021 había realizado obras en la vivienda del entonces concejal Jiménez.
Además, en octubre de 2022, en el mismo ámbito de la plaza, también se contratan las obras de reparación en el escenario de la Plaza de La Alcoraya, a instancia de la jefatura de servicio de la Concejalía de Infraestructuras y a petición de la Concejalía de Participación Ciudadana en otro contrato menor.
«Consta indiciariamente que hubo una omisión del procedimiento correspondiente en atención a la cuantía en la suscripción de los contratos, fraccionándose sus importe en varias actuaciones, ajustadas al límite cuantitativo del contrato menor. Todo ello permite calificar indiciariamente, y sin perjuicio de lo que resulte tras la práctica de la prueba en el acto del juicio oral, la actuación administrativa como arbitraria con arreglo a los parámetros que se han señalado», expresa el auto.
Auto judicial
En la misma línea, añade que el resultado «materialmente injusto» se ha producido porque «se ha beneficiado a un profesional elegido por propia voluntad, con perjuicio de los principios de publicidad y libre concurrencia».
«Además, los motivos de urgencia no acreditados no justifican no acudir a la libre concurrencia pública legalmente exigida, que es precisamente el resultado materialmente injusto producido, en cuanto ha impedido o se ha vetado el acceso de otros profesionales capaces de llevar a cabo las mismas funciones y ejecutar las mismas obras proyectadas por el Consistorio», ha resaltado.
El pasado 11 de mayo se supo que la magistrada había incoado diligencias previas tras la denuncia presentada por el PSPV-PSOE ante una serie de contratos menores presuntamente adjudicados a dedo por ambos ediles a empresas de su entorno, actuaciones realizadas entre 2022 y principios de 2023 en la plaza de La Alcoraya.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
El vino artesanal que se hace en una bodega del siglo XVII en Valladolid
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.