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La fachada del número cinco de Doctor Gadea ha quedado reducida a escombros. AM

Alicante cuida sus edificios protegidos: no se podrán cambiar las fachadas

Urbanismo impedirá que una modificación de uso derribe elementos o se alteren partes del inmueble

Martes, 27 de mayo 2025, 17:04

Alicante va a cuidar de sus edificios protegidos. Un cambio en la normativa aprobado este martes por la Junta de Gobierno Local impedirá que se pueda modificar, ni mucho menos demoler, las fachadas de los inmuebles que formen parte del patrimonio de la ciudad.

El Ayuntamiento ha tomado esta determinación después de que algunas obras ejecutadas los últimos meses hayan terminado con algunos edificios históricos de Alicante, caso del número 5 de Doctor Gadea que terminará como parte de un bloque de 'flex living'. En otros casos, bien se abren huecos a pie de calle o en las primeras plantas de entrada a futuros negocios.

Y es que el interés por modificar bloques enteros para dedicarlos a apartamentos turísticos o de sus locales para abrir negocios ha puesto de relevancia la protección del patrimonio arquitectónico y urbano de la ciudad.

Por eso, el Ayuntamiento de Alicante «da un paso más en la preservación del patrimonio arquitectónico y artístico del municipio», según fuentes municipales. En concreto, para garantizar la integridad de las fachadas de los edificios protegidos.

Así, los inmuebles de interés patrimonial incluidos en los Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos, aprobado o en tramitación, conservarán integral sus fachada. «Un cambio de uso no podrá nunca conllevar modificaciones o demoliciones de elementos arquitectónicos de estas fachadas», ha indicado el Consistorio.

Así, este criterio interpretativo señala que «prevalecerá como uso preferente el original o primitivo del edificio, resultando posible otros usos permitidos por el planeamiento siempre que resulten compatibles con el mantenimiento y conservación del patrimonio protegido».

Además, añade el criterio aprobado, «la implantación de otros usos diferentes a los originales del edificio no puede conllevar, en ningún caso, la eliminación de elementos arquitectónicos de las fachadas de edificios protegidos». Es decir, que cualquier uso que conlleve estas prácticas «no podría autorizarse al estar expresamente prohibida la modificación o demolición de la fachada por tratarse de edificios e inmuebles sujetos a protección». Primará la necesidad del respeto, conservación y puesta en valor de cualesquiera elementos protegidos, considerados como un interés general.

Cuando un interesado pretenda realizar obras de conservación, restauración o rehabilitación de un inmueble que deba respetar la fachada por estar recogido en el catálogo. Además, deberá presentar proyecto que contenga la implícita obligación de mantener la configuración referida de la antigua construcción.

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