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La ley del 'solo sí es sí' vuelve a significar la excarcelación de un agresor sexual en Alicante. El conocido como el 'violador del portal' había cometido tres agresiones sexuales en menos de un mes en Lugo y fue detenido el verano de 2018 en Benidorm. El reo, de nacionalidad búlgara, había aceptado en el juicio una pena de seis años y medio de prisión. Con la reforma del Ministerio de Igualdad se ha visto beneficiado y tras rebajar su castigo dos años abandona la cárcel de Villena -adonde fue trasladado por petición propia tras argumentar vinculos familiares en la zona- y queda en libertad.
A pesar de que el arresto se produjo por tres agresiones sexuales en menos de un mes, finalmente fue acusado solo de dos. En la sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo de marzo de 2020, los jueces le condenaron a seis años y seis meses por un delito de agresión sexual y otro en grado de tentativa a otra chica que logró zafarse de él. Además, le impusieron la agravante de «disfraz y aprovechamiento de las circunstancias de tiempo y lugar».
La Audiencia de Lugo, a petición del abogado defensor, Jorge Martínez Navas, revisó la condena. Tras la reforma del Ministerio de Igualdad, el agresor sexual se ha visto beneficiado, debido a que con la nueva horquilla penal el suelo está en cuatro años, por lo que los jueces han reducido la estancia en prisión dos años.
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El reo sale este martes, 14 de febrero, de la cárcel Villena, a la que fue trasladado desde Lugo para estar cerca de sus familiares. El violador queda en libertad y tendrá que llevar, a cambio, una pulsera telemática durante los próximos ocho años que le mantendrá geolocalizado por la Policía. Además, está obligado a participar en un programa sobre víctimas contra la libertad sexual y tiene prohibido acercarse a las mujeres a las que atacó a menos de 500 metros.
Ya son más de 500 violadores los que se han visto beneficiados por la polémica ley en España, según los datos parciales que ofrecen los tribunales superiores de justicia de todo el territorio. Al cambiar y ser su aplicación más favorable para el condenado, se le aplica la nueva condena mínima que contempla para el mismo delito el Código Penal tras la reforma operada por la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual.
Esto se debe a que a los penados les asiste siempre el derecho a que se les aplique la norma más beneficiosa aunque sea posterior al momento de dictarse sus condenas, por lo que en el supuesto de autos procede la revisión de la condena impuesta en la sentencia por el delito previsto en los artículos 178 y 179 del Código Penal y la reducción de la pena impuesta por ese delito.
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