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Embalse de Bolarque, en el río Tajo. LV

El Supremo acelera el final del Trasvase Tajo-Segura

El Alto Tribunal obliga a adelantar dos años los caudales ecológicos en la cuenca cedente

Miércoles, 14 de mayo 2025, 16:42

El Tribunal Supremo ha puesto un clavo más en el ataúd del Trasvase Tajo-Segura, el último objetivo del Gobierno de Pedro Sánchez. El Alto Tribunal se opone a la subida escalonada de los caudales ecológicos en el tramo del Tajo que afecta al Trasvase, según el plan de cuenca, y adelanta los niveles a 2025 en lugar de a 2027. Con esta sentencia, será cada vez más difícil que haya caudal suficiente en la cuenca cedente para transferencias a la provincia de Alicante.

Para este año, ese cantidad de agua mínima está fijada en 7 m3/ segundo, mientras que en 2026 sería de 8 m3/ y en 2027 de 8,6 m3/s. Esta subida progresiva estaba justificada en que se necesitaría un tiempo determinado para que en la cuenca del Segura se pudieran implementar recursos alternativos (desalación) que cubrieran los recortes de agua por el acueducto.

La sentencia llega en el peor momento posible para el Tajo-Segura. A pesar de que la provincia de Alicante está a la espera de recibir 60 hectómetros cúbicos en tres transferencias para el próximo trimestre (el máximo permitido debido a las lluvias que han llenado los embalses de cabecera), ahora mismo están sobre la mesa las nuevas reglas de explotación dictadas por el Ministerio de Transición Ecológica.

Esta norma restringe los caudales trasvasables al aumentar los niveles en los embalses y reducir, a la vez, las cantidades. Un recorte del 40% de agua para el regadío que costará 61 millones de euros y 1.700 empleos en la provincia de Alicante, según la estimación de la Comisión del Agua de la Diputación.

En esta pelea estaban los sindicatos de regantes y autoridades cuando les ha llegado el varapalo del Supremo. Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Quinta han declarado nula una parte del plan de cuenca (el mismo que rompió unilateralmente el Gobierno con la Generalitat de Ximo Puig) que dejaría sin efecto la subida progresiva de los caudales mínimos que debían circular por el tramo del Tajo que afecta a los volúmenes enviados por el Trasvase al Segura.

El Supremo da la razón parcialmente a la Plataforma en defensa de los ríos Tajo y Alberche y del Grupo de Acción para el Medio Ambiente que recurrieron el actual plan hidrológico del Tajo. Los magistrados consideran que el escalonamiento de los caudales ecológicos no puede llevarse a cabo en masas de agua consideradas como hábitats protegidos por la Red Natura 2000, ya que vulneraría la Directiva Marco del Agua. En esta caso, el fallo afectaría a las 13 masas de agua establecidas entre el embalse de Bolarque en Guadalajara y hasta el de Valdecañas, entre Toledo y Cáceres.

García-Page: «Es un broche extraordinario, el trasvase es historia»

El presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, ha considerado, tras una nueva sentencia del Tribunal Supremo que apunta a la necesidad de establecer las medidas para garantizar un mayor caudal ecológico en el río Tajo a su paso por la provincia de Toledo, que el Alto Tribunal «está siendo coherente» con este sexto pronunciamiento en la misma línea.

A su juicio, lo que dice el Supremo es «que se tienen que cumplir» esos caudales ecológicos, y ahora ya «no valen subterfugios ni ambigüedades». «Se necesitan caudales ecológicos y, además, con urgencia».

«Me parece que es una nueva sentencia que viene a poner un broche extraordinario y blinda una posición irreversible. Y es que, se pongan como se pongan, el trasvase es historia tal y como se considera», ha añadido.

Con esta nueva decisión, lo que toca ahora «sin vuelta de hoja» es que hay que abrir paso al agua desalada para su uso en el Levante.

Ahora, tras la sentencia, el Ministerio podría optar por corregir el plan de cuenca y, en un solo paso, establecer de golpe el caudal previsto para dentro de dos años. Es decir, adelantaría dos años el recorte en más de cien hectómetros de agua previsto para 2027.

Lo único positivo es que los magistrados no establecen qué caudal mínimo debería haber en el Tajo, solo que la opción de establecer una subida escalonada en zonas protegidas «no se ajusta a las previsiones de la DMA (Directiva Marco de Agua) ni de la legislación interna que la traspone». De esta manera, Transición Ecológica podría rehacer por completo el plan de cuenca. Pero esta opción es la más complicada.

Otro tanto a favor es que el Supremo desestima una parte del recurso de la plataforma ambiental, donde pedía la implantación inmediata del caudal previsto para 2027 sin que hubiera un progresión. El mismo Tribunal ya se pronunció al respecto en la sentencia que rechazó el recursos de la Generalitat contra el plan del Tajo, donde sostuvo «la legalidad y justificación de este régimen de implantación escalonada de caudales ecológicos».

La diferencia entre aquel fallo y el de ahora estaría en que «si no se han establecido los objetivos (ambientales), resulta evidente que no podrán llegar a cumplirse, y ello determina una completa desprotección, desde la perspectiva hídrica», para los tramos señalados. «No sólo se está prorrogando el objetivo medioambiental de alcanzar o mantener el buen estado de las aguas vinculadas a esas zonas protegidas, sino que también se está omitiendo la obligación de identificar los objetivos específicos y su grado de cumplimiento».

De esta forma, ante la ausencia de esta información que requiere la directiva europea para los planes hidrológicos en España, «no resultaría posible, al ejecutar los programas de medidas (donde también se incluyen aquellas que condicionan el Trasvase Tajo-Segura), lograr el cumplimiento de todas las normas y objetivos» para las zonas protegidas.

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