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Los contratos públicos tienen sus procesos que, habitualmente, comienzan con la detección de una necesidad y siguen con la redacción de un pliego de condiciones, la presentación de ofertas, la licitación, la prestación del servicio y, finalmente, con la extinción o prórroga del mismo.
En la mayoría de los casos, las administraciones públicas incluyen cláusulas en esos contratos para poder disponer, a la finalización de los mismos, de todos o parte de los bienes que se hayan creado o adquirido para la prestación de los mismos. Y eso es lo que ocurrió, o al menos así lo esperaba el ayuntamiento de Altea, con el servicio de alquiler de bicicletas que se inauguró en el mes de agosto de 2018.
La sorpresa, sin embargo, llegó cuando el ayuntamiento decidió revocar ese contrato en abril de 2019, sólo ocho meses después. Fue entonces cuando no recibió en propiedad las 210 bicicletas que se habían puesto a disposición del servicio de alquiler porque el empresario, contra el que este jueves arrancará un juicio en la Audiencia Provincial de Alicante, decidió quedárselas y usarlas, según la denuncia, para otros fines.
Por ello, la Fiscalía pide ahora para ese empresario hasta dos años y medio de prisión por un delito de apropiación indebida, tal y como consta en la comunicación realizada al respecto por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
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