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La isla de Tabarca se blinda ante nuevas construcciones. El Ayuntamiento de Alicante pone el cerco a la obra residencial en el borrador y documento inicial estratégico del Plan Especial de Protección del archipiélago, presentado este lunes.
El documento «no plantea ningún nuevo crecimiento y se ciñe a la calificación de suelo urbano en el interior del recinto amurallado», explica la concejala de Urbanismo, Rocío Gómez. «Se trata de un plan muy contenido y respetuoso con la puesta en valor del patrimonio cultural de la isla».
En este sentido, las únicas obras que se podrán acometer será en algunas de las edificaciones contemporáneas, para las que queda limitada su demolición y construcción de nuevas plantas. En el resto, queda prohibido realizar cualquier actuación ya que un centenar de viviendas pasarán a ser protegidas.
Estas propuestas, expone la concejala, «consolidan nuestra intención de conservación de la trama urbana tan característica del ámbito y es la primera propuesta de Plan Especial de Protección para la isla que incluye el istmo como suelo no urbanizable y que no prevé crecimientos urbanísticos».
El plan, que ha tenido en consideración los informes emitidos anteriormente por la Dirección General de Costas y la Conselleria de Cultura, contempla 57 elementos protegidos por catálogo, entre los que se encuentran edificios religiosos, civiles, militares y 46 viviendas tradicionales tabarquinas.
Edificio religioso: Iglesia de San Pedro y San Pablo
Edificio singular: Casa del Gobernador
Construcciones militares: Muralla, Baluartes, Revellín del Real Infante, Puerta de San Rafael, Puerta de San Gabriel, Puerta de San Miguel, Falsabraga, Foso, Bóvedas, Polvorín y Cuerpos de Guardia
Edificaciones y construcciones civiles: Faro, Escuela, Casa del cura, Aljibes, Plazas, Red viaria, Casa de Labranza y Cementerio
Edificación urbana tradicional entre medianeras. Subtipo Casa tabarquina
Edificación contemporánea. Subtipos: Casa tabarquina contemporánea y Edificación contemporánea aislada
Estas propuestas de protección se basan en una clasificación previa de las edificaciones existentes en categorías edilicias, es decir, en agrupaciones de edificaciones o construcciones que presentan características comunes, como puede ser su origen, sus características constructivas, entre otras.
El Plan Especial de Protección de Nueva Tabarca establece una protección de conjunto que afecta a 109 casas urbanas tradicionales, que implica el mantenimiento de la volumetría existente en el edificio principal o en las dos primeras vertientes y los tipos de cubierta de los edificios.
El documento también atiende al mantenimiento de los huecos existentes o de su estructura compositiva, así como de los acabados exteriores, texturas, detalles estilísticos y constructivos. Solo en las construcciones contemporáneas podrán llevarse a cabo actuaciones de demolición y nueva planta.
El Plan Especial de Tabarca establece la ordenación estructural de la isla, que incluye la clasificación del suelo; la delimitación de los perímetros de afección y protección exigidos por la legislación sectorial; la delimitación de las zonas de ordenación estructural; la red primaria de dotaciones públicas; la delimitación y caracterización de la infraestructura verde; y la ordenación del suelo no urbanizable.
También se adentra en la ordenación pormenorizada del archipiélago, que incluye la definición y caracterización de la infraestructura verde urbana no establecida como ordenación estructural; la red secundaria de dotaciones públicas; la delimitación de subzonas, con sus correspondientes ordenanzas particulares de edificación que incluyen dimensiones, forma y volumen; la regulación detallada de los usos del suelo de cada subzona; y la delimitación del aprovechamiento tipo, fijación de alineaciones y rasantes, y establecimiento de los parámetros reguladores de la parcelación.
Creación de un marco normativo que permita compatibilizar las necesidades urbanísticas, pero también la vida diaria de las vecinas y vecinos con la preservación de los valores característicos, arqueológicos, históricos y culturales del BIC.
Adecuación del Plan Especial a las determinaciones de la legislación de Costas, entre otras de afección, así como la planificación territorial y sectorial y la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.
Creación de un Catálogo de Protección del patrimonio, tanto de las edificaciones, como del espacio natural y urbano.
Creación de un inventario de inmuebles de acuerdo con parámetros tipológicos, históricos, de estado de conservación, entre otros. Este inventario es la base que permite identificar los elementos y catalogar de forma individual y también a nivel de frente marítimo, permitiendo la inclusión de las edificaciones en niveles de protección y también la definición de las intervenciones permitidas.
Regulación equilibrada de las intervenciones urbanas para conseguir su integración ambiental y morfológica en el conjunto histórico.
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