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La nueva Ordenanza sobre Protección contra Ruidos y Vibraciones multiplicará hasta por 100 las sanciones por incumplimientos a empresas y particulares. Los castigos pasarán de 3.000 euros de la anterior ordenanza, que data de 1991, hasta los 300.000 en los casos más graves actualmente. La Junta de Gobierno Local ha aprobado este martes la norma, que llegará al pleno en marzo de la mano del concejal de Urbanismo, Adrián Santos.
En concreto, las sanciones muy graves tendrán penalizaciones de entre 12.001 a 300.000 euros. El infractor, además, puede perder de manera definitiva las licencias o autorizaciones correspondientes.
Pero, más allá de esta tipología, la ordenanza también regula otros supuestos como las infracciones graves. En este capítulo, se prevén multas de 601 euros hasta 12.000 euros con posibilidad de suspensión de la licencia ambiental por un período de tiempo de entre un mes y un día y un año. En las peores circunstancias, incluso la clausura temporal, total o parcial, de las instalaciones por dos años. En cuanto a infracciones leves, que serán tramitadas por el Ayuntamiento, se recogen multas de hasta 600 euros.
El nuevo texto impulsado por las concejalías de Urbanismo y Medio Ambiente revisa y actualiza la ordenanza que se aprobó en marzo de 2019, sin que finalmente llegase a entrar en vigor. El objetivo es adaptar «las normas estatales y autonómicas a las singularidades del municipio de Alicante y a su organización», indica el edil de Urbanismo.
Esta nueva normativa «busca dar respuesta a las demandas de los vecinos», según Santos. Las sanciones que se apliquen podrán ser de oficio por el Ayuntamiento o, incluso, responder a denuncias y quejas vecinales. A partir de la entrada en vigor, cualquier queja fundamentada «podrá hacer que se inicien expedientes sancionadores para los comportamientos regulados en el documento».
Más allá del capítulo punitivo, los locales de ocio deberán contar a partir de ahora con un portero que controle las aglomeraciones en las puertas. De esta manera, se intenta frenar la contaminación acústica provocada en las puertas de los locales.
Si bien Santos ha insistido que «se trata de una normativa para toda la ciudad de Alicante», parte de esta ordenanza implica la creación de mapas acústicos para identificar las áreas existentes. De esta forma, el Ayuntamiento podría planificar «medidas preventivas y correctoras frente a la contaminación acústica, constatada en los mapas, para que los niveles sonoros cumplan los objetivos de calidad acústica» en cada parte de la ciudad.
Las actividades consideradas como altamente productoras de niveles sonoros, deberán contar, independientemente de las medidas de insonorización general, con un vestíbulo de entrada y con doble puerta de muelle de retorno a posición cerrada. De esta manera, se garantiza en todo momento el aislamiento necesario en fachada incluidos los instantes de entrada y salida, aparte del cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad.
La ordenanza también estabece tres niveles de limitaciones: las Zonas de Protección Acústica Especial (ZPAE); Zonas de Situación Acústica Especial (ZSAE) y Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS). Según cada una de ellas, se podrán establecer limitaciones de horarios.
Esta nueva normativa faculta al Ayuntamiento a «la reducción temporal del horario general de cierre de los espectáculos públicos, actividades recreativas y socioculturales y establecimientos públicos por molestias a los vecinos y ante el posible incumplimiento de las medias preventivas», según el redactado.
En definitiva, «se trata de conciliar adecuadamente el derecho a la libre actividad de esparcimiento con la necesaria protección vecinal frente al desarrollo normal de la actividad económica del sector del ocio», reitera el concejal de Urbanismo.
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