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La Audiencia Provincial de Alicante, Sección 3ª, ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre que violó a una joven en una zona del centro de la ciudad. Además de esta pena, la justicia le ha impuesto la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima y de comunicarse con ella por cualquier medio, así como una indemnización a la joven de más de 8.000 euros por los daños provocados, según la resolución alcanzada tras un acuerdo de conformidad entre las partes personadas en el proceso.
Los hechos ocurrieron el pasado 3 de diciembre de 2022, a las 8.30 horas de la mañana. Según relata la sentencia, la joven se encontraba en la parada de autobús de la intersección entre la Rambla Méndez Núñez con la avenida de Alfonso el Sabio. Cuando trató de subir al transporte, el acusado, de nacionalidad colombiana y mayor de edad, la agarró y le robó el móvil, echando a correr hacia una zona de arbustos.
La joven le siguió para intentar recuperarlo. Sin embargo, en la carrera ella acabó en el suelo y el acusado, sin el consentimiento de la chica, le bajó los pantalones «y le introdujo con fuerza el pene en la vagina mientras presionaba la cabeza de ella contra el suelo para que no pudiese zafarse».
Al comprobar que la joven llevaba puesto un tampón, el acusado procedió a penetrarla analmente a pesar de que la joven no paraba de pedirle que parase. Finalmente, el condenado volvió a penetrarla vaginalmente. Como consecuencia de esta agresión la joven sufrió lesiones erosivas en la cara, mentón, en las rodillas, en los muslos y pantorrillas y en los glúteos, detalla el fallo.
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La joven acudió ese mismo día a denunciar los hechos en el Comandancia de la Guardia Civil, llevándola hasta el lugar el conductor del autobús, tras manifestarle que había sido agredida sexualmente. Así lo probaron los informes forenses realizados inmediatamente y la constatación de las lesiones.
La víctima volvió a repetir toda la historia. Aseguró que no consintió la relación sexual con el acusado, un relato marcado por «un evidente estado de afectación emocional, nerviosismo y llorando», según recoge la sentencia. De hecho, el propio acusado ha reconocido el relato de los hechos y el delito imputado, tras alcanzar un acuerdo con las partes.
Por ello la sentencia afirma que los hechos probados son constitutivos de un delito de violación según el artículo 179 del Codigo Penal, al que se le suma un delito leve de hurto. El tribunal lo condena a cuatro años de prisión y la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la vícitma durante un periodo de cinco años, así como a comunicarse con ella.
Además, se le impone la libertad vigilada durante cinco años y la inhabilitación para cualquier profesión que tenga contacto con menores de edad durante un tiempo de nueve años. A ello se le suma una multa de seis euros diarios durante un mes por el robo del teléfono y una indemnización de 8.000 euros por los daños morales causados.
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