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Audiencia provincial de Alicante. TA

Condenan a prisión a un abuelo por abusar sexualmente durante seis años de su nieta en Alicante

El hombre, condenado a cinco años, aprovechaba que la madre trabajaba y recogía a la menor de edad del colegio para someterla a tocamientos en sus partes íntimas | El condenado abusó de la víctima cuando tenía cuatro años y hasta los 10

Jueves, 27 de noviembre 2025, 14:12

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a una pena de prisión de cinco años a un hombre que abusó durante seis años de su nieta. Lo hizo entre los años 2009 y 2015, cuando la menor de edad tenía tan solo cuatro años y el condenado 67, cesando en estas prácticas cuando la niña llegó a los diez.

Los hechos se extendieron durante seis años y el penado aprovechaba la relación de parentesco para realizar los abusos. El abuelo era el encargado de recoger a la niña del colegio, ya que la madre trabajaba, momento en el que aprovechaba para «satisfacer su apetencia sexual», según recoge la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante.

El procesado se desnudaba frente a la nieta y le pedía que le besara el pene, todo ello mientras el acusado le tocaba los pechos. A veces le pedía incluso que la menor se tocase sus partes íntimas mientras él miraba. Unos hechos que provocaron en la menor trastorno de estrés postraumático con ansiedad y depresión clínica. La menor se decidió a contar los hechos años después, cuando en su clase de 4º de la ESO realizó un taller sobre abuso sexual y comprobó que es lo que había sufrido por parte de su abuelo.

Durante el juicio la víctima, protegida mediante un biombo, narró varios de los hechos que sufrió cuando era pequeña. La menor aseguró durante el interrogatorio que su abuelo «le hacía sexo oral, le bajaba a ella la ropa interior y le introducía la lengua, pidiéndole a veces que le besara el pene o se tocara». La joven narra que «recuerda pedirle un vaso de leche y verle masturbándose, eyaculando en el propio vaso». Cuando ya era más mayor no se quedaba a dormir, pero en ocasiones se duchaba sin cerrar la puerta con pestillo «y le veía a él mirarla a través de la puerta medio abierta, excusándose y pidiéndole perdón».

Por su parte el condenado negó todos los hechos y argumentó que nunca se llegó a quedar a solas con la pequeña durante los años que la cuidó mientras su madre trabajaba. Sin embargo, la Sala recoge que, tras la valoración conjunta de las pruebas practicadas, como los informes psicológicos y la declaración de la menor, esta fue «detallada, mantenida en el tiempo y contundente». Así, concluye que la ausencia de móviles espurios por parte de la víctima, los hechos se produjeron según se relata en el apartado de hechos probados de la resolución.

De esta manera la sentencia concluye que el acusado «valiéndose de la relación de parentesco con la víctima y de su corta edad sometió a esta a tocamientos, sexo oral, masturbaciones de él y tocamientos de ella por orden del acusado, todo ello provocado por el acusado con claro ánimo libidinoso y causando con ello unos perjuicios en la perjudicada». Con ello se le condena de un delito continuado básico de abuso sexual a menor de 16 años abusando de su relación de parentesco de los artículos 183.1 y 4 del Código Penal.

La Sala le impone el pago de una indemnización de 15.000 euros para la niña por los daños y perjuicios derivados del delito que sufrió. El hombre tampoco podrá acercarse a menos de 500 metros de ella, de su domicilio o de cualquier otro lugar en el que se halle, ni comunicarse con la víctima por ningún medio. Igualmente, el condenado a cinco años de prisión queda inhabilitado para ejercer cualquier profesión u oficio que conlleve trato con menores de edad, por un periodo de nueve años.

La sentencia no es firme y se puede recurrir ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de justicia de la Comunidad Valenciana.

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