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Genoveva Casanova en una imagen de archivo. RC

Un juzgado de Madrid reconoce la «trascendencia social y política» de la exclusiva de Genoveva Casanova y Federico de Dinamarca paseando por Madrid

El mismo fallo condena a 'Lecturas' a indemnizar a la mexicana con 175.000 euros por el uso de fotografías de sus redes sociales

Joaquina Dueñas

Jueves, 13 de noviembre 2025, 13:01

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Este miércoles, 12 de noviembre, el Juzgado de Primera Instancia n.º 104 de Madrid ha dictado sentencia en la causa interpuesta por Genoveva Casanova contra la revista 'Lecturas', tras la publicación de unas fotografías en 2023 en las que aparecía junto al entonces heredero al trono de Dinamarca, Federico de Dinamarca, paseando por Madrid. El fallo concluye que no existe vulneración de los derechos al honor y a la intimidad de la demandante, si bien reconoce una indemnización por el uso de ciertas imágenes, atendiendo así algunas de las pretensiones de ambos litigantes.

La exmujer de Cayetano Martínez de Irujo reclamó por la publicación de las imágenes en noviembre de 2023, argumentando implicaban una intromisión ilegítima en su vida privada. Pedía en su escrito una indemnización de 1.890.519 euros por daños al honor, a la intimidad y a su propia imagen, resultantes de la exclusiva y de su difusión.

En este sentido, el fallo rechaza las pretensiones principales de Casanova señalando que «la exclusiva del encuentro entre la actora y el príncipe heredero, a la vista de las circunstancias, es indudable y notoria la trascendencia social y política por las cualidades de ambos personajes públicos». «La difusión de distintas imágenes objeto de la primicia, no estimamos afectase a su derecho a la intimidad», añade. Asimismo, valora de forma crítica la estrategia de la parte demandante: «Los letrados actores son conscientes de todo lo anterior y por ello en su bizarra demanda, han pretendido fundar el afirmado ataque a la intimidad de la actora en otros aspectos distintos y periféricos a la publicación de la exclusiva del encuentro en Madrid del príncipe y la actora».

En este sentido, subraya que «el contenido de lo informado, aun cuando se trata de información relativa a cuestiones personales y sentimentales, que en otros casos pertenecería a la esfera de lo íntimo y reservado, en el caso particular tiene también relevancia pública, pues va referido a la conducta de un futuro jefe de Estado que afectaría a los valores que públicamente representa y defiende».

«En relación con las publicaciones que aquí nos ocupan prevalece la libertad de información que ejercita la demandada frente al derecho a la intimidad de la demandante», concluye y recuerda que «constituye reiterada doctrina jurisprudencial la de que el (derecho a la información), como regla general, debe prevalecer siempre que la información transmitida sea veraz y esté referida a asuntos públicos de interés general por las materias o por las personas que en ellos intervienen». Por lo que «no cabe predicarse intromisión ilegítima en la intimidad, en el contexto de la máxima relevancia de la noticia».

Aunque la exclusiva queda fuera de duda, la revista 'Lecturas' ha sido condenada a indemnizar a Genoveva Casanova. El juzgado concede 175.000 euros a la mexicana por el uso de imágenes extraídas de su cuenta de Instagram.

Así, ambas partes parecen satisfechas con el resultado, pero también están dispuestas a recurrir. Genoveva Casanova y su exmarido, el duque de Arjona, han valorado positivamente el fallo, aunque tiene previsto apelar para aumentar la cuantía de la indemnización. Por su parte, la revista 'Lecturas' también ha anunciado su intención de recurso, también para impugnar la cifra de 175.000 euros, en su caso para reducir la cuantía.

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