Borrar
Urgente Más presupuesto y caramelos para la cabalgata de Reyes de Alicante
Joven accediendo a un piso turístico en un municipio de la Comunitat. Rober Solsona / Europa Press
Los pisos turísticos alicantinos tendrán cinco años para quitar cajetines y ofrecer atención 24 horas

Los pisos turísticos alicantinos tendrán cinco años para quitar cajetines y ofrecer atención 24 horas

El nuevo decreto, ya en vigor, hace responsables subsidiarios a los propietarios de los actos e infracciones de los inquilinos

Pablo Alcaraz

Sábado, 10 de agosto 2024, 07:29

Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.

Opciones para compartir

Arranca la cuenta atrás para que los dueños de las viviendas de uso turístico (VUT) en Alicante y el resto de la Comunitat adapten sus inmuebles a los requisitos del nuevo decreto-ley aprobado por el Consell para regular el alquiler vacacional. El 'decreto-Montes', tal como fue bautizado por el president de la Generalitat, Carlos Mazón, entró en vigor este jueves 7 de agosto tras haber sido aprobado en el Pleno del Consell el viernes de la semana anterior y haber sido publicado en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) el miércoles. Entre las principales exigencias, que los propietarios tendrán que afrontar en un plazo de cinco años, se encuentran la retirada de los cajetines de llaves que ocupen el espacio público y la puesta a disposición de los inquilinos de un teléfono de atención 24 horas.

La publicación en el DOGV ha permitido leer la letra pequeña contenida en el articulado del decreto ley 9/2024, de 2 de agosto, del Consell, de modificación de la normativa reguladora de las viviendas de uso turístico, un texto legal que viene a modificar la ley 15/2018, de 7 de junio, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana, así como el decreto 10/2021, de 22 de enero, del Consell, por el que se regula el alojamiento turístico en la Comunitat Valenciana, en lo que afecta a la vivienda de uso turístico. Cabe recordar que ambas regulaciones fueron aprobadas por el Botánico en su segundo mandato.

Una de las principales novedades introducidas en el nuevo texto legal es la imposición del servicio de recepción, quedando así prohibida la entrega de las llaves del inmueble de uso turístico mediante un cajetín situado en la vía pública. El decreto también impone a los propietarios de los pisos de alquiler vacacional la puesta en marcha de un servicio de teléfono de atención al cliente 24 horas así como la conectividad a telefonía móvil y a Internet, «salvo que la vivienda se ubique en zona geográfica sin cobertura». Por último, el piso deberá estar equipado con una lavadora automática, servicio del que hasta ahora podían prescindir, salvo que la VUT se ubicara «en un bloque, o estructura análoga, que cuente con lavandería común que incluya lavadoras y secadoras a disposición de los clientes en el propio recinto».

Estas nuevas medidas se suman a los requisitos ya existentes plasmados en el decreto 10/2021, normativa vigente hasta la fecha. Por tanto, se mantienen puntos como la puesta en conocimiento de un listado de teléfonos de urgencia y de interés situado en lugar visible del apartamento, un plano de evacuación situado en la puerta de la vivienda, la posibilidad de abastecerse de agua caliente o disponibilidad de tomas de corriente eléctrica en todas las habitaciones con un indicador de voltaje. Además, los arrendatarios deberán continuar siendo informados de los centros sanitarios más cercanos a la ubicación del piso alquilado.

Obligatorio ascensor y entrada para clientes

En materia de accesibilidad, se mantiene la obligatoriedad de tener un ascensor siempre que la finca donde se ubique tenga un número de plantas altura superior al cuarto piso. A su vez, la vivienda de alquiler vacacional deberá contar con una entrada de clientes, en el caso de estar situada en los bajos del edificio. Los inmuebles también tendrán que estar habilitados con sistemas de refrigeración y calefacción en, al menos, sala de estar-comedor o sala de estar-comedor-cocina, en función del tipo de VUT.

El apartado relativo a otros servicios también queda sin variaciones. Las viviendas de alquiler turístico en la Comunitat seguirán estando dotadas del mobiliario, la cubertería, el menaje, la lencería y demás utensilios y accesorios necesarios para atender las necesidades de los clientes conforme a su capacidad. Por ejemplo, todos los dormitorios contarán con un armario, las citadas piezas de mobiliario podrán situarse tanto dentro como fuera de la estancia, y los requisitos que atañen a las cocinas también se mantienen como hasta ahora, es decir, tendrán la obligatoriedad de tener un frigorífico, una plancha eléctrica, un horno/microondas y un extractor o campana para la expulsión del humo.

Otra de las propuestas del Consell recogidas en el nuevo decreto ley es la pretensión de hacer responsables subsidiarios de todos aquellos actos ilegales que se comentan en el interior de los pisos alquilados a los propietarios de las viviendas turísticas, ya que, según expuso la consellera de Turismo, Nuria Montes, actualmente sólo se persigue a la persona que comercializa los negocios que no tiene el porqué corresponderse con la figura del dueño.

Montes explicó que el nuevo texto legal quería poner énfasis en la «seguridad jurídica» tanto para el titular del inmueble, al facilitar el desalojo «sin derecho a reembolso» de los inquilinos que incumplan con las normas de uso establecidas en el arrendamiento, como para el cliente, al imponer al dueño unos parámetros mínimos de habitabilidad.

La consellera de Turismo expuso tres escenarios posibles para establecer la retroactividad en el decreto. En primer lugar, las viviendas de uso turístico autorizadas antes del 1 de julio de 2018 mantendrán su inscripción en los mismos términos. Por su parte, el segundo régimen transitorio sería para las viviendas dadas de alta entre el 7 de julio de 2018 y la entrada en vigor del nuevo decreto ley, en esta ocasión mantendrán su inscripción pero con un plazo de cinco años para adaptarse a los requisitos de calidad exigidos y la obligación de que renovar la declaración responsable con la aprobación del nuevo informe de compatibilidad urbanística en 2030.

El tercer régimen será el de las viviendas autorizadas a partir de hoy. Estos inmuebles también tendrán que renovar su declaración responsable cada cinco años con la aprobación del informe de compatibilidad urbanística, así como del certificado de su comunidad de propietarios. De este modo, la consellera señaló que, si durante este lustro la comunidad de vecinos quisiera cambiar sus estatutos, el inmueble podría quedar del tránsito turístico.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios