Urgente Asalta un piso de Alicante quemado tras un incendio mientras la propietaria sigue ingresada en el hospital
Un agente de la Guardia Civil, de servicio. Antonio Sempere/E. Press

La Justicia militar deja sin efecto una sanción a un guardia civil acusado de enfrentarse a dos policías locales en una playa de Alicante

El tribunal resuelve que se vulneró la presunción de inocencia del agente, castigado con cinco días de sueldo y la suspensión de funciones

Lunes, 11 de agosto 2025, 12:56

Castigo anulado. La Justicia militar ha dejado sin efecto una sanción impuesta a un guardia civil acusado de enfrentarse a dos policías locales de Alicante. La resolución, según ha dado a conocer la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), determina que el castigo impuesto (pérdida de cinco días de haberes y suspensión de funciones por falta grave), vulneró la presunción de inocencia.

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El afectado es un afiliado a la propia AUGC que ha sido representado, a través de los servicios jurídicos de la organización en Alicante, por el letrado Alberto Manuel Mollá Diez. Presentó recurso contencioso-disciplinario militar ante la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central.

Tras evaluar las supuestas «conductas gravemente contrarias a la dignidad de la Guardia Civil» por las que se penalizaba al guardia, determinó que procedía invalidar la sanción y borrar todo rastro de ella del expediente del interesado. ​ Los hechos, según indican fuentes de la AUGC, ocurrieron en junio de 2021, cuando el guardia civil tuvo un «desencuentro» en una playa con agentes de la Policía Local de Alicante.

Fue acusado de faltar al respeto a los agentes y de incumplir una ordenanza municipal, hechos por los que fue propuesto para sanción por una presunta infracción del articulo 37.4 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, así como presunta infracción a dicha normativa local.

El Tribunal Militar Central, tras estimar el recurso del guardia civil, ha anulado la penalización. ​La decisión se ha fundamentado en «la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, ya que los hechos denunciados no quedaron suficientemente acreditados en el expediente administrativo archivado por el Ayuntamiento de Alicante», subrayan desde la AUGC. ​Además, se considera que no existe prueba de cargo suficiente para justificar la sanción disciplinaria. ​

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La sentencia ordena ahora reintegrar al recurrente los haberes no percibidos y eliminar cualquier referencia a la sanción en su documentación personal, al tiempo que comunica la resolución al Ministerio de Defensa. Contra ella cabe recurso de casación por parte de la Administración ante la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, si bien AUGC confía en que «el buen criterio del Tribunal Militar Central sea mantenido, evitando así daños y perjuicios innecesarios para el agente». ​

La asociación recalca que al Tribunal Militar Central le llama la atención que tanto en el informe del asesor jurídico de la Guardia Civil como en la resolución del recurso de alzada «no se haga mención alguna» sobre la resolución del expediente administrativo en el ámbito de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana instruido al guardia civil. Un documento que se considera relevante para dilucidar lo sucedido y que quedó archivado.

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En cambio, sí toma en consideración para su sanción las actas de denuncia y el informe de intervención de los agentes intervinientes, lo cual denota «el uso arbitrario y la dureza con la que la cúpula de mando somete a los guardias civiles cuando se instruye un procedimiento disciplinario sancionador contra un agente, con el fin de conseguir su castigo», subraya AUGC.

Segundo recurso estimado

Ahondando en ello, la entidad recuerda que los servicios jurídicos de AUGC Alicante también han logrado recientemente que se estime el recurso de alzada a otro agente, lo que ha dejado sin efecto una falta grave que le fue impuesta con pérdida de siete días de haberes y suspensión de funciones. Se le reprochaba «omitir conscientemente una actuación a la que venga obligado por su función, destino o cargo», en relación con unos hechos ocurridos en junio de 2024, cuando atendió a una mujer que acudió al acuartelamiento para presentar una denuncia contra su expareja.

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Tras la primera entrevista con ella e identificar el hecho como un supuesto caso de violencia de género, relata AUGC que le indicó que permaneciera en la sala de espera con el fin de preparar los aplicativos para recoger la denuncia. Acto seguido, se encontró con otro agente que realizaba servicio de atención al ciudadano y que, al comentarle la situación, le transmitió que él se haría cargo, de modo que el posteriormente expedientado continuó con el servicio que tenía encomendado y salió del acuartelamiento.

La resolución sancionadora ha sido anulada, al igual que la anterior, «por vulnerar el derecho a la presunción de inocencia, dado que el instructor del expediente no llamó a declarar en ningún momento a la ciudadana que supuestamente se había quejado de la forma de actuar del agente y, por tanto, no se practicó prueba de cargo para el esclarecimiento de los hechos», detalla AUGC.   

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«Nos felicitamos por tales sentencias, pero lamentamos y denunciamos el excesivo rigor disciplinario con el que someten a los agentes y la ausencia de consecuencias para los promotores de expedientes en los cuales queda acreditado haber cometido ciertas irregularidades con el fin de lograr un castigo para los guardias civiles», se lamenta la asociación de guardias, Y agrega que «el principio de presunción de inocencia es un derecho fundamental en un Estado de derecho y es para todos los ciudadanos, también para los guardias civiles».

AUGC hace hincapié en que es la decana de las asociaciones profesionales de la Benemérita y cuenta con representación en todo el territorio español, en cada una de las unidades y especialidades del Cuerpo. Además, destaca que «lidera el movimiento asociativo desde la llegada de la democracia, cuando nació como un sindicato clandestino».

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Su lucha por la democratización de la institución le valió en 2010 el Premio Nacional de Derechos Humanos que concede la Asociación Pro Derechos Humanos.

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