Piden prisión para un agente inmobiliario por quedarse con 97.000 euros de la reserva de una vivienda en Altea
La Fiscalía solicita para el encausado cinco años de cárcel por un delito de estafa
Un agente inmobiliario se sienta en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Alicante este martes, 29 de abril, por un delito de estafa. La Fiscalía solicita provisionalmente cinco años de prisión para el enjuiciado, acusado de engañar a un cliente durante el proceso de compra de una vivienda en Altea y quedarse con 97.000 euros que la víctima le dio para adquirir la casa.
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La acusación pública sostiene que el perjudicado otorgó poderes al procesado para la compra de la casa y le dio el dinero, parte por transferencia y parte en metálico. El agente se habría quedado el importe y no lo habría destinado a la adquisición de la casa, según el Ministerio Fiscal. La vista oral se celebra a las 10 horas en la Sección Tercera.
El juicio llega poco después de la absolución de una acusada de estafa, a la que tuvo acceso este diario, tras una polémica operación de compraventa frustrada de una vivienda en Torrevieja en 2022 entre dos ciudadanos alemanes.
La Fiscalía y la acusación particular solicitaban tres años de prisión y una indemnización de 77.000 euros para la imputada, propietaria del inmueble, alegando que había vendido posteriormente la casa a otra persona sin devolver las cantidades entregadas.
El procedimiento tenía su origen en una operación fallida de compraventa entre particulares de una vivienda en la urbanización Los Balcones -Torrevieja- en la que el comprador no pudo obtener financiación antes de la fecha límite pactada en el contrato. A pesar de haber adelantado 75.000 euros, no se llegó a firmar escritura pública. La acusada vendió posteriormente el inmueble a terceros, lo que motivó la querella por estafa.
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Sin embargo, el Juzgado de lo Penal nº 4 de Orihuela dictó una sentencia absolutoria en favor de la enjuiciada al entender que no hubo engaño penal y que los hechos deben resolverse, en todo caso, por la vía civil. La jueza calificó el conflicto como una «controversia de naturaleza civil», al no concurrir los requisitos del art. 251.2 del Código Penal.
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