Bofetada judicial a Esquerra Unida: el magistrado confirma que la baja de Copé es «incompatible» con intervenir y votar en el pleno
Recurrirán la sentencia ante el TSJCV al creer que «avala un veto político»
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Alicante ha desestimado el recurso presentado por el concejal de Esquerra Unida, Manuel Copé, contra el Ayuntamiento de Alicante tras negarle intervenir y votar en el pleno del pasado 26 de junio al encontrarse en situación de permiso por guarda con fines de acogimiento.
Publicidad
Esta sentencia supone un golpe hacia Esquerra Unida, ya que concluye que la decisión municipal fue «conforme a derecho». El juez recuerda que el permiso solicitado por Copé era plenamente voluntario y aprobado por decreto semanas antes del pleno, y que este tipo de bajas implican la suspensión temporal de la relación con la corporación municipal, siendo «incompatibles» con la actividad política o laboral.
En el recurso, el edil alegaba que se había vulnerado su «derecho fundamental» a ejercer el cargo público en igualdad de condiciones con el resto de concejales, amparado por el artículo 23.2 de la Constitución. Solicitaba, además, que se declarase la nulidad de la resolución del alcalde que le «apartó» del pleno y de los acuerdos adoptados en esa sesión.
En su resolución, el magistrado subraya que la finalidad de este permiso es doble. Por un lado, garantizar la protección del menor acogido y, por otro, fomentar la corresponsabilidad entre hombres y mujeres en los cuidados. Por ello, entiende que no puede ejercerse de forma parcial ni selectiva, ya que conlleva necesariamente la ausencia en los plenos y otras funciones derivadas del cargo.
La sentencia también recuerda que existían precedentes similares en el propio Ayuntamiento, tanto en casos de bajas por maternidad y paternidad de otros concejales, en los que igualmente se impidió la participación en los plenos durante el disfrute del permiso. De este modo, el juzgado desestima íntegramente la demanda de Copé y le impone las costas procesales, valoradas en un máximo de 3.000 euros.
Publicidad
La resolución no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). Desde Esquerra Unida han anunciado que estudian presentar dicho recurso, al considerar que el fallo «avala un veto político» a su representante.
Más polémicas en Esquerra Unida
Esquerra Unida ha anunciado también que reclamará un informe jurídico al Ayuntamiento de Alicante tras «negársele» la palabra en el último pleno municipal, una medida que también apoyan el PSOE y Compromís. En esta ocasión, la polémica viene dada por la ausenica de Manolo Copé en el momento en que se concedió el turno de palabra.
Disfruta de acceso ilimitado y ventajas exclusivas
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión