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La Audiencia Provincial de Alicante l.p.

Primer violador excarcelado en Alicante por la ley del 'sí es sí'

El tribunal entiende que el condenado ha cumplido su pena al reducirse el castigo previsto en la nueva norma

Jueves, 1 de diciembre 2022, 15:52

Casi dos meses ha tardado en llegar la polémica Ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la Ley 'sí es sí' a Alicante. Desde el 7 de octubre, fecha en la que entró en vigor, se elimina la distinción entre agresión sexual y abuso lo que puede acarrear que las penas por violación se vean reducidas.

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Como es el caso que ha ocurrido este jueves en Alicante, donde la Sección Primera de la Audiencia Provincial ha dictado un auto por el que rebaja en dos años la pena -de seis a cuatro años- impuesta a un condenado de nacionalidad marroquí por un delito de agresión sexual constitutivo de violación y acuerda su inmediata excarcelación.

El Tribunal impuso al reo la pena mínima prevista por el legislador para ese delito en diciembre de 2010. Al cambiar la ley y ser su aplicación más favorable para él, se le aplica la nueva condena mínima que contempla para el mismo delito el Código Penal tras la reforma operada por la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual.

Esto se debe a que a los penados les asiste siempre el derecho a que se les aplique la norma más beneficiosa aunque sea posterior al momento de dictarse sus condenas, por lo que en el supuesto de autos procede la revisión de la condena impuesta en la sentencia por el delito previsto en los artículos 178 y 179 del Código Penal y la reducción de la pena impuesta por ese delito.

El penado fue condenado, junto a otros acusados, a un total de 13 años, 9 meses y dos días de prisión desglosados de la siguiente manera: seis años y un día por un delito de agresión sexual constitutivo de violación, otros seis años y un día por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y un año, nueve meses y un día por un delito continuado de falsedad documental.

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El violador debía salir de la cárcel el 17 de octubre de 2024

El reo comenzó a cumplir la pena impuesta en la sentencia el 23 de febrero de 2012, por lo que debía quedar extinguida el 17 de octubre de 2024. Al rebajarle dos años la condena por el delito de violación, se ha acordado su inmediata puesta en libertad. El auto puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.

El Tribunal invoca en los fundamentos jurídicos del auto la reciente sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 29 de noviembre de 2022, en el marco del denominado 'caso Arandina'.

La Audiencia declaró probado que el hombre, que regentaba un locutorio y una carnicería en localidades de la comarca alicantina de la Marina Alta, cobraba dinero a compatriotas marroquíes para facilitarles la entrada en España con documentación falsa entre los años 2005 y 2006.

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Según la sentencia, el penado, que había instalado en su domicilio a una de estas inmigrantes y la había empleado en su locutorio, aprovechó uno de los frecuentes desplazamientos en vehículo que hacían ambos para salirse de la ruta, aparcar en una zona descampada y aislada y violar a la víctima.

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