¿Cuándo sabré si seré miembro de una mesa electoral?
Los consistorios municipales tienen un plazo máximo legal de tres días desde que se realiza el sorteo para escoger a los integrantes | Los ciudadanos elegidos tendrán siete días para presentar alegaciones ante la Junta Electoral de Zona
Queda un mes para las elecciones del 28 de mayo y las administraciones públicas ya preparan el sorteo para componer las mesas electorales. Una vez que sean elegidos los integrantes, cada ciudadano escogido recibirá una notificación de forma presencial, con una carta entregada a mano en el domicilio junto con manual de instrucciones, que en caso de no estar en casa, acabará en el buzón.
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Si quieres saber si tendrás que estar en una mesa como presidente, vocal o suplente, TodoAlicante te explica cuál es la fecha límite de notificación. Hay que aclarar, que además de la carta en mano, muchas localidades hacen públicas las designaciones en la sede electrónica de los ayuntamientos, que se podrán consultar con los datos de empadronamiento en la ciudad y el número de DNI.
La formación de las mesas es competencia de los ayuntamientos bajo la supervisión de las Juntas de Zona. Según regula la Junta Electoral Central (JEC), los sorteos se realizan entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria. Es decir, el sorteo para la designación de los integrantes de las mesas electorales para las elecciones del 28 de mayo se realizará del 29 de abril al 3 de mayo.
Los consistorios municipales tienen un plazo máximo legal de tres días desde que se realiza el sorteo para escoger a los integrantes que formarán parte de las mesas electorales., así como toda la documentación necesaria para la jornada electoral. Por lo tanto, el último día que podrías recibir la notificación es el 6 de mayo.
Si eres elegido, se abre un periodo de siete días para presentar alegaciones. El 18 de mayo se publican las resoluciones de las mismas y la notificación a los suplentes que tendrán que estar en los comicios municipales y autonómicos del 28 de mayo.
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Según la Junta Electoral Central, en caso de que surja un impedimento que te impida acudir a tus obligaciones, después de este plazo, se tendrá que avisar a la Junta Electoral de tu zona de manera inmediata. Para ello, tendrás que aportar las justificaciones pertienentes al menos 72 horas antes del día de las elecciones, antes de la constitución de la mesa.
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