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El presidente de la mesa comprueba el documneto de identidad EFE/Jesús Diges
Multas y sanciones por no presentarse a la mesa electoral

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Multas y sanciones por no presentarse a la mesa electoral

Los ciudadanos que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones se enfrentan a una pena de prisión de 3 meses a 1 año o una multa de 6 a 24 meses

Alejandro Hernández

Sábado, 27 de mayo 2023

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Asistir a la mesa electoral, ya sea como presidente, vocal o suplente, es de obligado cumplimiento, según recoge la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). Una vez que ha expirado el plazo para alegar los motivos para evitar formar parte de la mesa, si los integrantes no se presentan, pueden enfrentarse a multas o incluso a penas de prisión.

Si decides no acudir sin avisar o sin presentar razones de peso, los ciudadanos elegidos para integrar la mesa electoral pueden efrentarse a diversas sanciones. Así lo indica el artículo 143 de la LOREG: «el presidente y los vocales de las mesas electorales, así como sus suplentes, que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones o las abandonen sin causa justificada incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o una multa de 6 a 24 meses».

Quienes sean elegidos para formar parte de una mesa electoral en los sorteos tienen un plazo de siete días desde que reciben en sus casas las notificaciones para justificar y documentar su ausencia. La Junta Electoral dispone de un plazo de cinco días para resolver la situación. En caso de aceptar los motivos que eximen a los elegidos de ser presidente, vocal o suplente en los comicios, será comunicado al primer suplente para que integre la mesa.

En el caso de que sobrevengan otros imprevistos una vez resueltas las situaciones, los integrantes de las mesas que no puedan desempeñar su cargo deberán comunicarlo al menos 72 horas antes de la jornada electora. Deberán aportar, de nuevo, las justificaciones pertinentes para eximirse.

Casos

Aunque no se ha visto ningún caso en la historia de las elecciones de alguien que haya acabado en prisión por ausentarse de la convocatoria para la mesa electoral, sí que se han impuesto multas. Las cuantías las determina el juez en función de la capacidad económica del encausado, por lo que no existe una tarifa única para estos casos. Este delito también supone una retirada del voto durante varios años.

En las últimas elecciones en Cataluña varios jueces sancionaron con multas de hasta 7.000 euros para aquellos ciudadanos que habían sido llamados a formar parte de las mesas electorales y no se presentaron sin justificación alguna.

Otro ejemplo es una ciudadana de Hervás, Cáceres, que no acudió a la mesa que le correspondía en las elecciones europeas de 2014. La Fiscalía pidió para ella una pena de 4.800 euros, que finalmente se rebajó a 270. Asimismo, en los comicios generales del 28 de abril de 2019 en Oviedo, seis personas se ausentaron o llegaron tarde. El Ministerio Fiscal pide para cada uno de ellos 2.880 euros de multa por no presentarse a las mesas electorales.

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