EU apela al TSJCV la exclusión de Copé del Pleno de Alicante por un permiso de acogimiento
La formación reclama al tribunal que anule la decisión de Barcala y fije jurisprudencia sobre la conciliación y el mandato político
El portavoz de Esquerra Unida en el Ayuntamiento de Alicante, Manolo Copé, ha presentado un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Alicante por la que se avala su exclusión del Pleno de junio de 2025. El edil eleva al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) la decisión del alcalde, Luis Barcala, de impedir su participación en la sesión mientras disfrutaba de un permiso por guarda con fines de acogimiento.
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El Juzgado desestimó el pasado septiembre el recurso de Copé considerando que la decisión municipal fue «conforme a derecho». En la sentencia, el juez recuerda que el permiso solicitado por el portavoz de EU era plenamente voluntario y aprobado por decreto semanas antes del Pleno, y que este tipo de bajas implican la suspensión temporal de la relación con la corporación municipal, siendo «incompatibles» con la actividad política o laboral.
Sin embargo, para Copé, esta decisión jurídica se basa en un error en la interpretación del Derecho, en relación con las consecuencias del ejercicio de permisos por nacimiento y cuidado de un menor de los cargos electos.
Además, el escrito de apelación subraya que no existe ninguna norma que permita suspender el mandato representativo de un cargo público por ejercer un derecho de conciliación. También critica que se hayan aplicado criterios laborales a un ámbito, el de la representación política, que tiene una naturaleza jurídica completamente distinta.
Madrid o Benidorm como ejemplos
El edil de EU-Podem ha señalado otros ejemplos de reglamentos municipales como el de Madrid o el de Benidorm, que reconocen explícitamente la participación y voto de concejales en situación de permiso por nacimiento o cuidado de menor. «El ejercicio de los derechos de conciliación no puede ser motivo para privar de voz y voto a un concejal elegido democráticamente», han señalado desde el grupo municipal.
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Es por ello por lo que ha solicitado que el TSJCV revoque la sentencia impugnada y declare nula la resolución del alcalde, restableciendo el derecho del portavoz a participar, intervenir y votar en el Pleno, en igualdad de condiciones con el resto de concejales y concejalas.
«Defenderemos hasta el final que ningún cargo público vea limitado su mandato por ejercer su derecho a cuidar y conciliar. Este caso marca un precedente importante para la democracia y para la igualdad real en las instituciones», ha afirmado Manolo Copé.
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Con este recurso, Esquerra Unida Podem busca que el TSJCV establezca una doctrina clara que garantice la plena compatibilidad entre el ejercicio de los derechos familiares y la representación política en toda la Comunitat Valenciana.
«Impedir a un concejal votar en el Pleno mientras ejerce un permiso de acogimiento es un retroceso democrático y un obstáculo a la conciliación. No se puede penalizar la paternidad responsable. La democracia no puede penalizar el cuidado, tiene que protegerlo», ha concluido.
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